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Volumen: xx, Número: xx, Año: 2020
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1(868)
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1(869)
Tipo de Publicación: Artículo Científico
Recibido: 22/04/2025
Aceptado: 23/05/2025
Publicado: 31/07/2025
Código Único AV: e492
Páginas: 1 (867-887)
DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.16635312
Autores:
Rodolfo Roca Andagua
Derecho y Ciencias Políticas
Maestría en Derecho Penal y Procesal Penal
https://orcid.org/0000-0003-2262-0502
E-mail: rrocaa@ucvvirtual.edu.pe
Afiliación: Universidad Cesar Vallejo
País: Republica del Pe
Aladino Rabanal Oyarce
Abogado
Licenciado en Administración y Ciencias Policiales
Maestro en Gestión Pública
Especialización en Derecho Administrativo
https://orcid.org/0000-0003-4325-6295
E-mail: arabanaloy@ucvvirtual.edu.pe
Afiliación: Universidad Cesar Vallejo
País: Republica del Pe
Resumen
El objetivo de este artículo es evaluar la acción de tutela en la justicia,
su impacto en la protección de derechos fundamentales, y cómo
garantiza los derechos ciudadanos frente a decisiones judiciales y
administrativas, identificando fortalezas y limitaciones, y proponiendo
mejoras para optimizar su eficacia. La revisión bibliográfica destaca
brechas en la accesibilidad y el conocimiento del mecanismo entre
poblaciones vulnerables, la sobrecarga judicial debido a la alta demanda
de acciones de tutela, la inconsistencia en la interpretación y aplicación
de la tutela de derechos, y la falta de recursos y capacitación para los
operadores jurídicos. Mediante una metodología cualitativa, basada en
fuentes primarias como artículos científicos, jurisprudencias,
sentencias, revistas indexadas, documentos de instituciones públicas e
información de fuentes nacionales e internacionales, se consultaron
bases de datos como Scopus, SciELO y Mendeley Desktop, utilizando
la plataforma MyLOFT. Se revisaron las características, fortalezas y
limitaciones de la tutela de derechos en España, Colombia, Canadá,
Argentina, Chile, Venezuela, Cuba, Italia y Perú. Concluimos que es
crucial implementar políticas que fortalezcan la accesibilidad y
consistencia del mecanismo de tutela para garantizar su efectividad y
asegurar una protección equitativa y uniforme de los derechos
fundamentales.
Palabras Clave
Tutela de derecho, administración de justicia,
tutela efectiva, tutela razonable, mecanismo de
tutela.
Abstract
The objective of this article is to evaluate the tutela action in the justice
system, its impact on the protection of fundamental rights, and how it
guarantees citizens' rights against judicial and administrative decisions,
identifying strengths and limitations, and proposing improvements to
optimize its effectiveness. The bibliographic review highlights gaps in
accessibility and knowledge of the mechanism among vulnerable
populations, judicial overload due to the high demand for tutela actions,
inconsistency in the interpretation and application of the tutela of rights,
and the lack of resources and training for legal operators. Using a
qualitative methodology, based on primary sources such as scientific
articles, jurisprudences, sentences, indexed journals, documents from
public institutions and information from national and international
sources, databases such as Scopus, SciELO and Mendeley Desktop
were consulted, using the MyLOFT platform. The characteristics,
strengths and limitations of the tutela of rights in Spain, Colombia,
Canada, Argentina, Chile, Venezuela, Cuba, Italy and Peru were
reviewed. We conclude that it is crucial to implement policies that
strengthen the accessibility and consistency of the protection
mechanism to guarantee its effectiveness and ensure equitable and
uniform protection of fundamental rights.
Keywords
Protection of rights, administration of justice, effective
protection, reasonable protection, protection mechanism.
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1(870)
Introducción
La tutela de derechos en la administración de
justicia enfrenta diversas problemáticas que afectan
su eficacia y el acceso equitativo a la justicia, existe
una brecha significativa en la accesibilidad y el
conocimiento de este mecanismo, especialmente
entre poblaciones vulnerables y desfavorecidas.
Muchas personas desconocen sus derechos o
carecen de los recursos necesarios para acceder a la
tutela de derechos, limitando su capacidad para
proteger sus derechos fundamentales.
Además, la alta demanda de acciones de tutela
puede provocar una sobrecarga en los tribunales,
resultando en retrasos en la resolución de casos y
afectando la calidad del proceso judicial; este
problema se ve agravado en sistemas judiciales ya
saturados, donde la eficiencia es crucial para la
protección efectiva de los derechos.
Otro desafío importante es la inconsistencia
en la interpretación y aplicación de la tutela de
derecho, que puede variar entre diferentes jueces y
jurisdicciones; esta falta de uniformidad genera
inseguridad jurídica y desigualdades en la
protección de los derechos fundamentales.
Asimismo, la tutela de derecho también
enfrenta problemas relacionados con la falta de
recursos y capacitación adecuada para los
operadores jurídicos, lo que afecta la eficacia del
mecanismo. La resolución de estas problemáticas
requiere mejorar el acceso a la justicia, reducir la
sobrecarga judicial, asegurar la uniformidad en la
aplicación de las normas y fortalecer la formación
de los profesionales del derecho.
Es así que, debido a la diversidad de sistemas
legales, la inequidad en el acceso a la justicia y la
variabilidad en la aplicación de normas, la tutela de
derechos enfrenta desafíos importantes a nivel
global; la falta de regulación adecuada de la tutela
de derechos en muchas naciones conduce a
decisiones arbitrarias y a vacíos legales. Además,
las personas vulnerables no pueden ejercer sus
derechos de manera efectiva debido a la ineficacia
de los sistemas judiciales y la falta de recursos, la
protección de los derechos fundamentales también
se ve afectada por la presión política, la
independencia judicial y la corrupción, la
importancia de reformas globales que fortalezcan
los mecanismos de tutela, asegure la equidad
procesal y protejan los derechos humanos en todo el
mundo es destacada por estos problemas.
En España, la tutela judicial y el art. 24.1 de la
Constitución Española excluyen la reparación del
derecho; se realiza por un órgano constitucional
distinto al Poder Judicial, este fenómeno fue común
en los primeros quince años de la jurisprudencia
constitucional, lo que requiere una investigación de
sus causas, sigue ocurriendo, aunque menos
frecuente en los últimos años. Problemas podrían
surgir de un sistema donde el Tribunal
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1(871)
Constitucional (TC) debe reemplazar a los órganos
judiciales con frecuencia. El TC ha empleado el
recurso de amparo para imponer su doctrina sobre la
de los órganos judiciales ordinarios. Es común que
el TC reitere sin agregar ninguna novedad a la
interpretación del artículo 24.1 (González 2012).
En esa misma, en España López (2021), indica
que las víctimas de ciertos delitos han pasado a ser
protagonistas en el debate jurídico y social en
nuestro país. La defensa de sus derechos y las
indemnizaciones que se les deben abonar han
generado un escenario donde, en ocasiones, se
cuestionan principios fundamentales del Estado de
Derecho, como la presunción de inocencia del art.
24.2 Constitución Española. Esta tendencia se ha
agravado en la sociedad digital, donde los medios
tradicionales son reemplazados por Internet,
aumentando la inmediatez y la falta de juicio crítico
sobre los hechos.
La Autoridad Española de Protección de
Datos (AEPD) juega un papel crucial en este sentido
como autoridad de control encargada de velar por el
cumplimiento del Reglamento General de
Protección de Datos (RGPD) español. La AEPD
tiene capacidad para imponer sanciones y emitir
orientaciones y recomendaciones para promover el
cumplimiento normativo. Además, la agencia puede
tomar medidas de oficio o a solicitud de una parte,
lo que le permite abordar infracciones individuales
y prácticas comerciales más amplias que ponen en
riesgo la protección de datos (De Barrón, 2024).
Sin embargo, la eficacia de los órganos
administrativos encargados de hacer cumplir la ley
y de los tribunales a la hora de proteger los derechos
de los ciudadanos depende en gran medida de la
coordinación entre los diferentes mecanismos de
protección. La existencia de canales de denuncia
paralelos puede crear superposiciones y conflictos,
dificultando que los afectados obtengan una
respuesta clara y eficaz. Por lo tanto, es necesario
establecer estándares jurisdiccionales y procesales
claros para evitar duplicaciones y garantizar que
cada reclamo sea tratado adecuadamente en el foro
más relevante (De Barrón, 2024).
El mismo De Barrón, señala que el régimen de
protección de datos de España brinda a los
ciudadanos múltiples vías para defender sus
derechos, ya sea sancionando a los perpetradores,
obteniendo una compensación financiera o
promoviendo un cumplimiento regulatorio más
amplio.
Sin embargo, para que este sistema sea
verdaderamente efectivo, los diferentes mecanismos
de protección deben operar de manera coordinada y
complementaria, evitando superposiciones y
asegurando que cada reclamo reciba la atención
adecuada. Sólo así podrán protegerse plena y
eficazmente los derechos de los ciudadanos en el
entorno digital.
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La Constitución Política de Colombia de
1991, al consagrar al país como un Estado social de
derecho, estableció el cumplimiento obligatorio de
los derechos fundamentales (Ministerio del Interior
de Colombia, 2020). Esta constitución priorizó la
dignidad humana, abordando no solo la dimensión
civil y política, sino también la económica, social y
cultural. Así, se incorporaron al ordenamiento
nacional los principios establecidos en diversos
convenios, acuerdos y tratados internacionales y
estableciendo la tutela de derecho en distintos
aspectos jurídicos necesarios (Lozano-Rodríguez et
al., 2021)
La República de Colombia introdujo en la
Constitución Política de 1991 la Acción de
Protección, un mecanismo de justicia prioritaria y
sumaria para la protección de violaciones o
amenazas causadas por actos u omisiones de
autoridades públicas o privadas en ausencia de otros
mecanismos de defensa adecuados. En términos
generales, la tutela no violará las órdenes judiciales
debido a los principios de autonomía judicial y
seguridad jurídica. Los procedimientos de tutela son
informales y pueden presentarse ante el tribunal en
persona, por escrito u oralmente, en casos de
emergencia, analfabetismo o cuando el solicitante
sea menor de edad. La solicitud debe incluir el
nombre completo del solicitante, el acto u omisión
que motivó la tutela, los derechos violados, el
nombre de la agencia o entidad responsable (si es
posible), una descripción de las circunstancias
relevantes y la información de contacto del tutor del
solicitante. No es necesario citar la norma
constitucional violada, siempre que los derechos
conculcados estén claramente identificados y
acompañados de los documentos pertinentes para
facilitar la administración de justicia (Gutiérrez &
Herazo, 2021).
Para proteger derechos fundamentales como
la libertad religiosa, la libertad de expresión, el
debido proceso y el desarrollo de la personalidad, la
Constitución de 1991 estableció la acción de tutela.
Este recurso representó un cambio en la perspectiva
confesional de la Constitución de 1886. La Corte
Constitucional resolvió 57.809 tutelas entre 1992 y
1994; en 2019, la cantidad aumentó a 620.242, lo
cual demuestra su uso en aumento. Este análisis
analiza si las decisiones judiciales afectan la
autonomía universitaria y si estas deben ser más
importantes que los derechos fundamentales, o si la
autonomía universitaria debería ser considerada un
derecho fundamental en Colombia. Se analizará la
relación entre la autonomía universitaria y las
decisiones judiciales en Colombia (Cadena, 2022).
Respecto al tema mencionado, el artículo 86
de la Constitución Política de Colombia de 1991
ofrece dos aclaraciones importantes. En primer
lugar, la acción de tutela es necesaria cuando los
derechos fundamentales "se ven amenazados o
vulnerados por la acción u omisión de cualquier
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autoridad pública". La pregunta clave es si los
jueces son considerados autoridades públicas; de ser
así, sus acciones u omisiones estarían sujetas a
control. Sin este supuesto, la oposición a medidas
judiciales carecería de sentido. En segundo lugar, la
norma establece que, "en cualquier caso", los fallos
de tutela deben ser remitidos a la Corte
Constitucional para su revisión. Esto implica que
existe una única jurisdicción en los casos de tutela:
la jurisdicción constitucional, de la cual forman
parte (Ortiz, 2019).
En Colombia, Quinche (2010), analiza a la
tutela de derechos y aborda dos temas cruciales: la
seguridad jurídica y la tutela contra sentencias.
Algunas críticas, particularmente entre detractores
de los derechos humanos, sostienen que todos los
servidores públicos pueden violar derechos
fundamentales, pero los jueces no, ya que estos
contarían con una especie de inmunidad que
impediría que sus sentencias sean sujetas a tutela.
Según estos críticos, la posibilidad de
impugnar sentencias judiciales mediante tutela
generaría inseguridad jurídica y afectaría la
previsibilidad del derecho. Sin embargo, este escrito
argumenta que la verdadera fuente de inseguridad
jurídica en Colombia proviene del legislativo y,
especialmente, del presidente de la República por el
uso de decretos. Además, se sostiene que la acción
de tutela fortalece la seguridad jurídica y la
confianza del ciudadano en el sistema jurídico, que
ha experimentado golpes y discriminaciones.
También se enfatiza que la posibilidad de impugnar
sentencias no es una invención del sistema
colombiano, sino una práctica común en los
sistemas internacionales de protección de derechos
humanos, como el Sistema Interamericano, donde
se han producido condenas por violaciones de
derechos humanos.
La tutela de derechos en Colombia, la Corte
Constitucional ha establecido que, por lo general,
una acción de tutela presentada más de un año
después de la notificación de la decisión judicial no
cumple con el requisito de inmediatez. No obstante,
existe una excepción: si el demandante puede probar
que estaba en una situación de incapacidad total para
ejercer sus derechos, como en el caso de una persona
secuestrada, la acción puede ser admitida. En tales
circunstancias, la Corte determina que el juez
constitucional debe verificar si hay una justificación
válida para el retraso en la presentación de la tutela.
Es fundamental destacar que permitir la procedencia
de acciones de tutela meses o incluso años después
de dictadas las decisiones judiciales comprometería
los principios de cosa juzgada y seguridad jurídica,
generando una incertidumbre que socavaría la
estabilidad y efectividad de las decisiones judiciales
como mecanismos institucionales para la resolución
de conflictos (Nader, 2013).
La República Argentina desde 1994, al igual
que muchos países latinoamericanos, direccionó la
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tutela de derechos fundamentales e incorporó
diversos tratados internacionales de derechos
humanos, creando lo que se conoce como el “bloque
de constitucionalidad federal”. Este concepto, en la
terminología de Hart, se refiere a una “regla de
reconocimiento constitucional” (p. 117, 1998), que
es más inclusiva y precisa que los términos de
legalidad o supremacía constitucional, y sirve como
parámetro para la validez de normas secundarias. La
Corte Suprema de la Nación ha establecido que
estos tratados deben aplicarse en su forma original,
sin posibilidad de modificación o reinterpretación.
De esta manera, el bloque de constitucionalidad
representa un conjunto de “principios de derecho
fundamental”, siguiendo la terminología de Alexy,
que delimitan el ámbito de validez y permanencia de
las normas infra constitucionales en el
ordenamiento jurídico argentino, obligando a que se
ajusten tanto a la Constitución Nacional como a los
Tratados Internacionales de Derechos Humanos con
jerarquía constitucional (Calvinho et al., 2014).
En Chile, la doctrina coincide en que la
expansión de la tutela, más allá del tradicional
recurso de amparo hacia derechos y garantías
distintos a la libertad personal, tiene sus raíces en el
gobierno del presidente Allende. Esta ampliación
surgió como respuesta a serias violaciones del
Estado de Derecho, según las denuncias formales
registradas en acuerdos de la Cámara de Diputados
y del Pleno de la Corte Suprema. En un esfuerzo por
mejorar la protección del derecho a un ambiente
libre de contaminación, se introdujo una enmienda
que cambió la expresión “acto arbitrario e ilegal”
por “acto u omisión ilegal”. Este cambio permite
ahora interponer el recurso de protección ambiental
no solo contra actos ilegales, sino también contra
omisiones ilegales que perjudiquen el derecho a un
entorno sano. La modificación también elimina la
necesidad de probar la arbitrariedad del acto u
omisión, simplificando el proceso y reforzando la
tutela ambiental (Pfeffer, 2016).
En Chile, Varas (2021) analiza la transición
del sistema de función pública chileno hacia la
laboralización, enfocándose en la aplicación de la
acción de tutela de derechos fundamentales del
Código del Trabajo a empleados públicos regidos
por normativa estatutaria. El estudio evidencia
cómo el derecho laboral se adapta para proteger
mejor a estos empleados, incorporando nuevos
elementos y ajustando sus principios; y con la Ley
21.280, se impone una acción judicial regida por la
legislación laboral común, otorgando competencia a
los Juzgados del Trabajo, de este modo se cuestiona
la idea de tratar los derechos fundamentales en el
empleo público de manera diferente.
Para Libarona (2022), el juicio justo y la
oficialidad lingüística han sido temas de desarrollo
en la jurisprudencia canadiense sobre la tutela de
derechos; el derecho constitucional a utilizar el
francés o el inglés en los tribunales federales y
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provinciales de Quebec está garantizado en Canadá,
las provincias de Nuevo Brunswick y Manitoba
también gozan de esta libertad lingüística. No
obstante, se ha discutido el alcance de este derecho.
Las interpretaciones iniciales del Tribunal Supremo
se limitaban a la vinculación pasiva del derecho de
uso; sin embargo, han avanzado hacia una lectura
más proactiva del derecho a usar las lenguas
oficiales (Libarona, 2022).
El mismo autor sostiene que la garantía
lingüística en el Régimen de Justicia debe asegurar
la validez y eficacia directa de su uso. El derecho a
un sistema de traducción es parte de una tutela
judicial efectiva cuando las lenguas oficiales son
desconocidas. Además, el derecho a un proceso con
todas las garantías, la tutela judicial efectiva y el
régimen de doble oficialidad deberían permitir el
uso de la lengua oficial sin traducción. El derecho a
emplear una lengua oficial en la Administración de
Justicia no proviene de la tutela judicial efectiva; es
un derecho fundamental que se define
lingüísticamente.
La Constitución de Venezuela establece
principios y valores para fomentar el desarrollo
integral de las personas y garantizar una justicia
efectiva, en ese sentido el artículo 2 destaca los
valores como la vida, la libertad, la justicia, la
igualdad, la solidaridad, la democracia y la
responsabilidad social, así como el pluralismo
político y los derechos humanos. Venezuela es una
nación social y democrática que promueve la
justicia y el derecho; mientras que el artículo 3
establece que los objetivos fundamentales del
Estado son el respeto a la dignidad de la persona, el
ejercicio democrático de la voluntad popular, la
promoción del bienestar y la creación de una
sociedad justa y pacífica que garantice los
principios, derechos y deberes establecidos (Pinho,
2022).
En Cuba, uno de los rasgos distintivos de los
procesos judiciales ordinarios, salvo algunas
excepciones, es su notable lentitud. Esta demora se
debe a la necesidad de seguir procedimientos y
plazos que aseguren una resolución justa del
conflicto, además del elevado número de litigios que
colapsan los tribunales en todo el mundo. Este
congestionamiento prolonga aún más la duración de
los procesos, incrementando el riesgo de que la
pretensión del demandante no obtenga beneficios al
momento de la sentencia. Para mitigar estos efectos
negativos, los mecanismos de tutela provisional,
precautoria o cautelar han surgido como
herramientas efectivas. Estos mecanismos buscan
proteger los derechos de las partes y preservar las
situaciones fácticas y jurídicas existentes al inicio
del litigio, garantizando así el cumplimiento de la
resolución definitiva y la eficacia de la justicia en el
proceso (Marcheco, 2015).
En Italia, Ferrante (2022) presentó un análisis
comparativo de los sistemas jurídicos italiano y
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1(876)
español, mostrando que la Directiva núm 2015/2302
no ha logrado armonizar efectivamente la tutela del
sujeto, a pesar de haber establecido una
armonización máxima. Esta investigación resalta
cómo la Directiva, aunque pretende unificar ciertos
aspectos, no ha conseguido una protección
homogénea en ambos países. Asimismo, se destaca
la función del derecho comparado como un valioso
mecanismo para comprender y analizar tanto el
derecho internacional como el nacional.
En Perú, la tutela de derechos es una
institución reciente introducida por el artículo 71º,
numeral 4, del Código Procesal Penal de 2004, sin
antecedentes normativos en el país. La tutela penal
peruana no otorga derechos ni obligaciones para
cuidar de menores, a diferencia de la tutela familiar.
Comparte similitudes y diferencias con la acción de
tutela en Colombia y el amparo peruano, ambos
mecanismos para proteger derechos esenciales son
fundamentales, frente a vulneraciones por
autoridades o particulares. En Perú, sin embargo, la
tutela se plantea como un proceso penal común y no
como un proceso independiente; su objetivo es
proteger los derechos dentro del marco penal.
La tutela de derechos para Bazán (2010) al ser
una institución jurídica procesal reciente, la tutela de
derechos en Perú ha generado diversas
interpretaciones sobre su diseño y aplicación, con
planteamientos divergentes sobre los derechos
protegidos, su naturaleza jurídica, su propósito y el
control de admisibilidad, entre otras cosas, son los
sujetos legitimados para presentarla.
Cuando los derechos constitucionales o
legales son violados, resalta la tutela de derechos
como una protección procesal penal constitucional
que puede ser utilizada por el imputado o cualquier
sujeto procesal, en ese sentido el Juez de
Investigación Preparatoria, también conocido como
Juez de Garantías, corrige las acciones u omisiones
que afectan los derechos de las partes. La tutela es
un método efectivo para recuperar los derechos que
se han violado; se aplica solo a las infracciones que
se han cometido. Más efectivo que el habeas corpus,
el imputado o su abogado defensor puede invocarlo
desde las primeras diligencias hasta el final del
proceso, según el artículo 71° del Código Procesal
Penal (Malma, 2010).
Para que la teoría del caso del Ministerio
Público debe ser cuestionada por defensores
públicos y privados la tutela de derechos que está
regulada por el Nuevo Código Procesal Penal
(NCPP), es una herramienta procesal útil, porque los
magistrados han interpretado o integrado normas
para asegurar la justicia debido a su creciente uso,
lo que ha revelado situaciones no reguladas o con
normas poco claras. Si el imputado enfrenta
requerimientos ilegales o medidas limitativas
indebidas o si sus derechos no son respetados, la
tutela le permite recurrir al Juez de Garantías y este
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1(877)
puede tomar medidas correctivas, subsanar o
proteger (Rivas, 2020).
Es así que, la acción de tutela, establecida por
la Constitución Política de 1991, ha facilitado un
significativo acercamiento entre los ciudadanos y el
sistema judicial en nuestro país. Antes de su
implementación, los ciudadanos no contaban con
mecanismos coercitivos rápidos para obtener una
protección efectiva de derechos fundamentales,
como el derecho de petición. Esta acción, como
instrumento constitucional, refleja una política clara
de protección de los derechos fundamentales. Debe
ser adoptada y respaldada por toda la sociedad, y en
particular por los organismos y agentes del Estado,
para garantizar su efectividad y alcance en la
protección de los derechos ciudadanos (Castillo,
2009).
La percepción de una violación del derecho a
la salud es uno de los motivos más comunes por los
cuales los ciudadanos recurren a la acción de tutela.
El artículo 49 de la Constitución Política de 1991,
que establece que la salud es un derecho
fundamental para todos los ciudadanos, claramente
establece este derecho. La salud se considera un
servicio público esencial en el contexto de la
prestación de servicios médicos. Esto significa que
el Estado está obligado a asegurar su acceso y
calidad, y que cualquier deficiencia en este ámbito
puede ser motivo de tutela. La acción de tutela
permite a los ciudadanos exigir la protección de este
derecho cuando enfrentan obstáculos o fallos en la
prestación de servicios médicos. Así, este
mecanismo se convierte en una herramienta crucial
para asegurar que los servicios de salud se brinden
de manera efectiva y equitativa, de acuerdo con los
estándares constitucionales (Molina, et al., 2010).
El objetivo general de esta investigación es
evaluar la acción de tutela en la justicia, su impacto
en la protección de derechos fundamentales, y cómo
garantiza los derechos ciudadanos frente a
decisiones judiciales y administrativas,
identificando fortalezas y limitaciones, y
proponiendo mejoras para optimizar su eficacia.
Desarrollo
Método
La metodología utilizada es básica y guiada
por diversos artículos, jurisprudencias y sentencias
relacionadas con la protección tutelar del derecho en
la administración de justicia, se adopta un enfoque
cualitativo, buscando generar información orientada
a la tutela del derecho en la administración de
justicia. En ese sentido, Ramos, et al., (2023) indica
que el propósito de un artículo de revisión
bibliográfica es utilizar fuentes primarios, como
otros artículos científicos, resultados de
investigaciones, reflexiones, revisiones y reportes
de casos. Se trata de establecer una posición sobre
un tema en particular.
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1(878)
Estrategias de búsqueda
Esta revisión es el resultado de una
investigación bibliográfica exhaustiva y sistemática,
que incluye libros, artículos en revistas indexadas,
documentos de instituciones oficiales del sector
público e información de fuentes nacionales e
internacionales. Se utilizó un análisis comparativo y
se consultaron tanto fuentes clásicas como
modernas, directamente relacionadas con el
propósito del estudio.
A través de esta revisión, se identificaron
diversas características de la tutela de derecho en la
administración de justicia, proporcionando una
comprensión más amplia y detallada del tema. La
bibliografía revisada permite destacar las fortalezas
y limitaciones de la tutela de derecho,
contribuyendo a la discusión académica y práctica
en este ámbito.
Criterios de selección
Los criterios de selección se basaron en la
búsqueda de palabras clave como "tutela de
derecho", "administración de justicia", "tutela
efectiva", "tutela razonable" y "tutela de garantía",
en inglés, portugués y español. Se incluyeron
únicamente artículos relacionados con las ciencias
sociales, publicados dentro del margen de tiempo
permitido (Ver Figura 1).
Muchos documentos y artículos seleccionados
fueron emitidos por instituciones jurídicas públicas.
Aunque no pertenecen directamente a bases de datos
bibliográficas científicas, resultaron valiosos para el
desarrollo del presente estudio debido a la
importancia de la normativa y jurisprudencia en el
tema. Además, se consultaron fuentes confiables
como Scopus, que incluye bibliografía de calidad
revisada por pares, así como otras bases de datos
como SciELO y Mendeley Desktop, las cuales
aportaron contenido relevante para el desarrollo de
la discusión y los resultados del artículo. Todo ello
se realizó utilizando la plataforma MyLOFT,
proporcionada por la Universidad César Vallejo.
Los artículos seleccionados se almacenaron
en el programa Mendeley Desktop, lo que facilitó la
organización y acceso a la bibliografía relevante
para este estudio. Esta metodología de selección y
análisis asegura una revisión comprehensiva y
actualizada de la tutela de derecho en la
administración de justicia (Ver Tabla 1).
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Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
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1(879)
Figura 1. Diagrama de flujo Prisma
Autor/
año
Título
Página consultada
Muestra
González
(2012)
La tutela jurisdiccional de los
derechos del artículo 24.1 de la
Constitución Española
https://dialnet.unirioja.es/se
rvlet/tesis?codigo=30567
Seleccionada por
conveniencia
ESPAÑA
Barrón
(2024)
Vulneraciones automatizadas
del derecho a la protección de
datos personales y mecanismos
de tutela
https://goo.su/6gp2v8P
Seleccionada por
conveniencia
ESPAÑA
Castillo
(2019)
La incidencia de la acción
de tutela en la implementación
de las políticas públicas
https://goo.su/Ut5a
Seleccionada por
conveniencia
PERÚ
Moreno
(2019)
Tutela contra sentencias.
Procedencia y modalidades
jurisprudenciales en Colombia
https://goo.su/iMnIyH
Seleccionada por
conveniencia
COLOMBIA
Quinche
(2010)
La seguridad jurídica” y los
fallos de control de
constitucionalidad, tanto
abstracto como concreto
http://www.scielo.org.co/p
df/esju/v12n1/v12n1a6.pdf
Seleccionada por
conveniencia
COLOMBIA
Pinho
(2022)
Breve análisis sobre la tutela de
los derechos humanos en el
orden constitucional
venezolano
http://www.scielo.org.co/p
df/njus/v15n2/2500-8692-
njus-15-02-153.pdf
Seleccionada por
conveniencia
VENEZUELA
Nader
(2013)
Vulneración de principios
fundamentales mediante la
interposición de la acción de
tutela contra providencia
judicial.
http://www.scielo.org.co/p
df/jusju/v9n2/v9n2a05.pdf
Seleccionada por
conveniencia
COLOMBIA
Marcheco
(2015)
La tutela cautelar en lo
contencioso-administrativo. El
caso de Cuba.
http://www.scielo.org.co/p
df/ojum/v14n28/v14n28a1
2.pdf
Seleccionada por
conveniencia
CUBA
Molina,
et al.,
(2010)
Acciones de tutela sobre el
derecho a la salud en el
municipio de Leticia,
Amazonas, 2004-2008
http://www.scielo.org.co/p
df/iat/v23n4/v23n4a03.pdf
Seleccionada por
conveniencia
COLOMBIA
Calvinho
et al.,
(2014)
Derecho procesal garantista y
constitucional: proceso,
garantía y libertad.
https://goo.su/ZWyta2
Seleccionada por
conveniencia
ARGENTINA
Ferrante
(2022)
Desarmonización de la tutela
del consumidor en los viajes
combinados: interacción entre
el derecho comparado y el
derecho internacional privado.
https://goo.su/HiNxP4B
Seleccionada por
conveniencia
ITALIA
Libaron
(2022)
Administración de Justicia,
doble
oficialidad lingüística y
derecho
fundamental a la tutela judicial
efectiva.
DOI:
10.2436/20.8080.01.88
Seleccionada por
conveniencia
CANADÁ
Gutiérrez y
Herazo
(2021)
Recurso de la acción de tutela
por derecho a la salud mental
en la jurisprudencia
colombiana, 2000-2019
DOI:
10.5965/217518031333202
1e0117
Seleccionada por
conveniencia
COLOMBIA
Varas
(2021)
Laboralización de la función
pública.
Reflexiones a propósito del
debate sobre la aplicación de la
acción de tutela de derechos
fundamentales a los
trabajadores públicos
https://goo.su/0ScL6qL
Seleccionada por
conveniencia
CHILE
López
(2021)
El derecho fundamental a la
presunción de inocencia y la
tutela de los derechos de las
víctimas en el marco de la
sociedad digital.
https://goo.su/Imly8
Seleccionada por
conveniencia
ESPAÑA
Rivas
(2020)
“La Tutela de Derechos en
el Nuevo Código Procesal
Penal: Fines y Aplicación
desde la Perspectiva Fiscal”.
https://goo.su/Qa804w
Seleccionada por
conveniencia
PERÚ
Cadena
(2022)
El derecho a la autonomía
universitaria frente a las órdenes
de los fallos de tutela.
DOI:
10.14718/novumjus.2022.1
6.2.16
Seleccionada por
conveniencia
PERÚ
Pfeffer
(2016)
El recurso de protección y su
eficacia en la tutela de derechos
constitucionales en Chile
https://goo.su/rwgGK1
Seleccionada por
conveniencia
CHILE
Malma
(2010)
Tutela de Derechos.
https://acortar.link/MZA6T
K
Seleccionada por
conveniencia
PERÚ
Bazán
(2010)
Audiencia de tutela:
fundamentos jurídicos (Acuerdo
Plenario N.º 4-2010/CJ-116)
https://n9.cl/9cx4l
Seleccionada por
conveniencia
PERÚ
TOTAL
20
Tabla 1. Cantidad de documentos incluidos revisión
sistemática
Discusión y resultados
Frente a la recurrente necesidad de reparación
del derecho fuera del ámbito del artículo 24.1 de la
Constitución Española, el teórico González (2012)
plantea que la frecuencia de este fenómeno en los
primeros quince años de jurisprudencia
constitucional obliga a investigar las causas
subyacentes. Según su perspectiva, la actuación del
Tribunal Constitucional (TC) para suplir a los
órganos judiciales indica problemas estructurales en
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1(880)
el sistema judicial español. González (2012)
argumentan que la reiterada intervención del TC
para imponer su doctrina sobre la de los tribunales
ordinarios revela una falla en la aplicación
coherente de los derechos fundamentales,
especialmente en lo que respecta a la tutela judicial
efectiva. Este teórico sugiere que la frecuencia con
la que el TC debe intervenir apunta a una debilidad
en la capacidad de los órganos judiciales para
interpretar y aplicar adecuadamente el artículo 24.1
de la Constitución.
López (2021) afirma que en España las
víctimas de ciertos delitos han adquirido un papel
central en el debate jurídico y social, lo que ha
puesto en entredicho principios básicos del Estado
de Derecho, como la presunción de inocencia
consagrada en el artículo 24.2 de la Constitución.
Según López, la creciente exigencia de reparación y
protección de los derechos de las víctimas ha
intensificado la presión sobre el sistema judicial,
provocando un aumento en la intervención del
Tribunal Constitucional para asegurar la defensa de
los derechos fundamentales. Además, resalta que,
en la era digital, la inmediatez de la información y
la falta de juicio crítico agravan la complejidad de
estos casos, subrayando la necesidad de una tutela
judicial eficaz y accesible.
Frente a este contexto, De Barrón (2024)
plantea que el solapamiento entre las reclamaciones
administrativas y civiles privadas, particularmente
en relación con el Reglamento General de
Protección de Datos (RGPD), refleja un cambio en
la percepción de los ciudadanos sobre los
mecanismos de tutela de derecho. De Barrón en su
investigación señala que los procedimientos
administrativos y contencioso-administrativos
derivados de la invocación del RGPD han permitido
a los ciudadanos recurrir a la Agencia de Protección
de Datos como un mecanismo accesible y
económico para sancionar a los prestadores de
servicios digitales. Este enfoque ha sido
interiorizado por los ciudadanos como una
herramienta útil para obtener resarcimiento sin
incurrir en los costos asociados a los procedimientos
judiciales tradicionales.
La contraposición de estas ideas sugiere que
mientras González (2012) y López (2021) destacan
la intervención del TC como un indicador de fallas
en el sistema judicial, De Barrón ve en el recurso a
la Agencia de Protección de Datos una evolución
positiva hacia mecanismos más accesibles y
efectivos para la protección de los derechos. En
conjunto, estos análisis subrayan la necesidad de
revisar y posiblemente reformar el sistema de
administración de justicia en España, para asegurar
que la tutela judicial sea efectiva y accesible, y que
los derechos fundamentales de los ciudadanos estén
debidamente protegidos tanto en el ámbito judicial
como en el administrativo. La convergencia de estas
perspectivas sugiere una demanda creciente por
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1(881)
mecanismos de tutela que sean no solo efectivos,
sino también adaptables a las cambiantes dinámicas
sociales y tecnológicas.
Ortiz (2019) aborda la introducción de la
acción de tutela por la Constitución Política de
Colombia de 1991, que ofrece un mecanismo
judicial preferente y sumario para proteger derechos
fundamentales vulnerados o amenazados. Este autor
plantea que esta acción procede contra cualquier
autoridad pública que viole derechos
fundamentales, lo que genera la pregunta de si los
jueces, como autoridades públicas, también pueden
ser objeto de tutela. La Constitución establece que
los fallos de tutela deben ser remitidos a la Corte
Constitucional para su revisión, indicando que
existe una única jurisdicción constitucional en la
que todos los jueces participan, siendo la Corte
Constitucional la instancia superior.
La investigación de Quinche (2010) señala
que en Colombia la verdadera fuente de inseguridad
jurídica no proviene de la acción de tutela contra
sentencias judiciales, sino del uso de decretos por
parte del legislativo y el Presidente de la República.
Quinche (2010) argumenta que la acción de tutela
fortalece la seguridad jurídica y la confianza del
ciudadano en el sistema judicial, contrarrestando las
críticas de que permitir la tutela contra sentencias
judiciales genera inseguridad jurídica. Según este
autor, esta percepción es errónea y la posibilidad de
impugnar sentencias judiciales mediante tutela es
una práctica común en sistemas internacionales de
protección de derechos humanos, como el Sistema
Interamericano.
Por otro lado, la Corte Constitucional de
Colombia ha establecido que una acción de tutela
presentada más de un año después de la notificación
de la decisión judicial no cumple con el requisito de
inmediatez, salvo en casos excepcionales donde el
demandante puede demostrar una incapacidad total
para ejercer sus derechos, como en el caso de una
persona secuestrada (Nader, 2013). Esta postura
busca mantener un equilibrio entre la protección de
los derechos fundamentales y los principios de cosa
juzgada y seguridad jurídica, evitando que la acción
de tutela se utilice para generar incertidumbre
jurídica y socavar la estabilidad de las decisiones
judiciales.
La creciente utilización de la acción de tutela
en Colombia, evidenciada por el aumento
significativo de fallos desde la expedición de la
Constitución de 1991 hasta la actualidad, refleja su
efectividad como recurso de protección de derechos
fundamentales. La investigación de Cadena (2022)
señala que este incremento en el uso de la tutela ha
llevado a un análisis sobre su impacto en la
autonomía universitaria y la relación entre las
decisiones judiciales y los derechos fundamentales.
En concordancia con Cadena (2022), sugiere que es
necesario evaluar si la autonomía universitaria debe
ser considerada un derecho fundamental en
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1(882)
mismo, y cómo las decisiones judiciales pueden
afectar esta autonomía.
En conclusión, la acción de tutela en
Colombia ha sido fundamental para proteger los
derechos fundamentales, generando tanto críticas
como respaldos, especialmente en su aplicación
contra decisiones judiciales. Ortiz (2019) sugiere
que los jueces, como autoridades públicas, deberían
estar sujetos a tutela, mientras que Quinche (2010)
argumenta que la tutela refuerza la seguridad
jurídica y es compatible con estándares
internacionales. La postura de la Corte
Constitucional, junto con la investigación de
Cadena, subraya la necesidad de equilibrar la
protección de derechos con la estabilidad jurídica y
la incorporación de nuevos derechos fundamentales
dentro del marco legal colombiano.
Gutiérrez & Herazo (2021) señalan que la
acción de tutela, incorporada en la Constitución
Política de Colombia de 1991, fue concebida como
un mecanismo judicial preferente y sumario para
proteger derechos fundamentales vulnerados o
amenazados por acciones u omisiones de
autoridades públicas o particulares, en ausencia de
otros medios de defensa adecuados. Este enfoque
destaca la informalidad y accesibilidad de la tutela,
permitiendo que cualquier persona,
independientemente de su capacidad para redactar
un documento formal, pueda presentar una acción
de tutela verbalmente en situaciones de urgencia,
analfabetismo o si el solicitante es menor de edad.
La investigación de Calvinho et al., (2014) en
Argentina señala que la Constitución de 1994 y la
incorporación de diversos tratados internacionales
de derechos humanos conforman el "bloque de
constitucionalidad federal". Este concepto se refiere
a una "regla de reconocimiento constitucional" más
inclusiva y precisa que los términos de legalidad o
supremacía constitucional. La Corte Suprema de la
Nación ha establecido que estos tratados deben
aplicarse en su forma original, sin posibilidad de
modificación o reinterpretación, configurando un
conjunto de "principios de derecho fundamental"
que delimitan la validez y permanencia de las
normas infraconstitucionales en el ordenamiento
jurídico argentino.
Por otro lado, Pfeffer (2016) analiza en Chile
la expansión de la tutela más allá del recurso de
amparo tradicional, especialmente en relación con el
derecho a un ambiente libre de contaminación.
Durante el gobierno de Allende, se introdujeron
enmiendas que permitieron interponer el recurso de
protección ambiental no solo contra actos ilegales,
sino también contra omisiones ilegales, eliminando
la necesidad de probar la arbitrariedad del acto u
omisión. Esta modificación ha simplificado el
proceso y reforzado la tutela ambiental, reflejando
un esfuerzo por mejorar la protección de derechos
en contextos específicos.
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1(883)
Varas (2021) argumenta que, en Chile, el
derecho laboral ha ido incorporando
progresivamente nuevos elementos para mejorar la
protección de los empleados públicos. La Ley
21.280, que permite aplicar una acción judicial
regulada por la legislación laboral común a los
trabajadores públicos, otorga a los Juzgados del
Trabajo la competencia para resolver estos
conflictos. Esta tendencia pone en duda la necesidad
de un tratamiento diferenciado para los derechos
fundamentales en el empleo público, sugiriendo una
unificación de los mecanismos de protección de los
derechos laborales.
La investigación de Nader (2013) en
Colombia señala que, aunque la acción de tutela
generalmente no procede contra providencias
judiciales debido a los principios de autonomía
judicial y seguridad jurídica, existen excepciones. Si
el demandante puede demostrar que estaba en una
situación de incapacidad total para ejercer sus
derechos, como en el caso de una persona
secuestrada, la acción puede ser admitida. La Corte
Constitucional ha determinado que el juez
constitucional debe verificar si hay una justificación
válida para el retraso en la presentación de la tutela.
Sin embargo, permitir la procedencia de acciones de
tutela mucho después de dictadas las decisiones
judiciales podría comprometer los principios de
cosa juzgada y seguridad jurídica, generando
incertidumbre y socavando la estabilidad y
efectividad de las decisiones judiciales.
En síntesis, la evolución de la tutela de
derechos fundamentales en Colombia, Argentina y
Chile muestra cómo cada país ha adaptado sus
marcos legales para fortalecer la protección de los
derechos, ya sea mediante la inclusión de tratados
internacionales, la simplificación de procesos de
protección ambiental o la integración de
mecanismos laborales en el sector público. Estos
enfoques reflejan un compromiso continuo con la
defensa y garantía de los derechos fundamentales en
diferentes contextos jurídicos y sociales.
Frente a la evolución de la jurisprudencia
canadiense que ha abordado la tutela de derechos,
especialmente en cuanto al uso de lenguas oficiales
en los procesos judiciales, el teórico Libarona
(2022) plantea que, inicialmente, las
interpretaciones del Tribunal Supremo canadiense
fueron restrictivas respecto al derecho a utilizar el
francés o el inglés. Sin embargo, esta perspectiva ha
evolucionado hacia una interpretación más inclusiva
y proactiva, asegurando la validez y eficacia directa
del uso de las lenguas oficiales. Libarona (2022)
argumenta que la garantía lingüística debe permitir
que los litigantes utilicen la lengua oficial de su
elección sin necesidad de traducción, destacando
que este derecho no solo debe derivarse de la tutela
judicial efectiva, sino que también debe caracterizar
el derecho fundamental a una administración de
justicia en el idioma elegido.
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1(884)
En contraste, la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, como indica Pinho
(2022), establece un marco sólido para la
administración de justicia, priorizando valores
como la vida, la libertad y la justicia, dentro de un
"bloque de constitucionalidad" que incorpora los
tratados internacionales de derechos humanos. Este
enfoque busca asegurar una justicia eficiente y
eficaz, promoviendo un sistema que respete la
dignidad humana y los principios constitucionales.
La inclusión de estos tratados en el bloque
constitucional refleja un firme compromiso con la
protección de los derechos fundamentales,
diferenciándose del enfoque canadiense en la
implementación práctica de estos derechos.
Por otro lado, en Cuba, la investigación de
Marcheco (2015) destaca la lentitud de los procesos
judiciales ordinarios, atribuida a la necesidad de
seguir procedimientos extensos y a la alta carga de
litigios. Para contrarrestar estos efectos negativos, el
autor anterior subraya el papel de los mecanismos
de tutela provisional, precautoria o cautelar, que
permiten proteger los derechos de las partes y
preservar las situaciones fácticas y jurídicas
existentes desde el inicio del litigio. Estos
mecanismos buscan garantizar la eficacia de la
justicia y mitigar los retrasos en el sistema judicial.
Finalmente, la investigación de Ferrante
(2022) sobre la Directiva núm. 2015/2302 en Italia
y España revela que, a pesar de su objetivo de
armonizar la tutela de derechos, la Directiva no ha
logrado una protección homogénea en ambos
países. Este autor destaca que el derecho comparado
es fundamental para comprender y analizar las
diferencias en la implementación de la Directiva a
nivel nacional, evidenciando la necesidad de un
análisis más profundo de cómo las normativas
internacionales se adaptan a contextos jurídicos
específicos.
Frente a la reciente incorporación de la tutela
de derechos en el ordenamiento jurídico peruano,
establecida por el artículo 71º, numeral 4, del nuevo
Código Procesal Penal de 2004, se observa una
notable diferencia en comparación con mecanismos
similares en otros países latinoamericanos. La tutela
peruana, introducida como una herramienta
procesal penal, se distingue de la tutela del Derecho
de Familia al no tener precedentes normativos
nacionales y al ser planteada dentro del proceso
penal común en lugar de ser un proceso autónomo
(Bazán, 2010). Esto contrasta con la acción de tutela
en Colombia, establecida por el artículo 86º de la
Constitución de 1991 y el Decreto 2591 de 1991,
que proporciona un recurso independiente para la
protección de derechos fundamentales, distintos a la
libertad personal, frente a vulneraciones por parte de
autoridades públicas o particulares.
Mientras la acción de tutela colombiana ha
permitido un acceso directo y efectivo a la justicia
para proteger derechos fundamentales, la tutela
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1(885)
peruana ha generado diversas interpretaciones
respecto a su diseño y aplicación. A pesar de que
ambos mecanismos buscan proteger derechos
fundamentales, la tutela peruana, al ser incidental,
requiere que se plantee dentro del marco del proceso
penal común, mientras que la tutela colombiana
funciona como un recurso autónomo y
especializado. Esta diferencia en la implementación
refleja una evolución en la protección de derechos
fundamentales, destacando la necesidad de adaptar
los mecanismos judiciales a los contextos y
necesidades específicas de cada país.
Además, la acción de tutela en Perú ha
demostrado ser una herramienta eficaz para la
protección de los derechos del imputado durante el
proceso penal, superando en eficiencia al habeas
corpus y permitiendo al imputado recurrir al Juez de
Garantías para la protección y reparación de
derechos vulnerados (Rivas, 2020). En contraste, la
acción de tutela en Colombia ha facilitado un
significativo acercamiento entre los ciudadanos y el
sistema judicial, reflejando una política clara de
protección de derechos fundamentales (Castillo,
2009). La tutela peruana, aunque aún en desarrollo,
representa un paso importante hacia una mayor
protección de los derechos procesales, adaptando el
enfoque a las necesidades del contexto judicial
local.
Conclusiones
El estudio sobre la incorporación de la tutela
de derechos en Perú, según el artículo 71º del nuevo
Código Procesal Penal de 2004, revela que, aunque
esta herramienta representa un avance importante en
la protección de derechos dentro del proceso penal,
su implementación enfrenta desafíos significativos,
la evidencia, sustentada por González (2012),
muestra que la intervención frecuente del Tribunal
Constitucional en la jurisprudencia española para
suplir a los órganos judiciales señala problemas
estructurales, reflejando una falla en la aplicación
coherente de derechos fundamentales.
Este problema resuena en Perú, donde la tutela
se presenta como un recurso incidental en el proceso
penal, limitando su efectividad y en contraste, la
acción de tutela en Colombia, establecida por la
Constitución de 1991, ha permitido un acceso
directo y robusto a la justicia, facilitando una
protección efectiva de los derechos fundamentales
frente a las autoridades públicas. El dictamen
concluyente sugiere que, para fortalecer la
protección de derechos en Perú, es crucial dotar de
mayor autonomía y especialización al mecanismo
de tutela; esta adaptación permitiría al sistema
peruano responder más efectivamente a las
realidades judiciales locales y a las crecientes
demandas globales de protección de derechos
fundamentales.
Referencias
Bazán, F. (2010). Audiencia De Tutela:
Fundamentos Jurídicos (Acuerdo Plenario 4-
2010/CJ-116). Revista Oficial Del Poder
ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 6, Número: 13, Año: 2025 (Continua-2025)
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Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 6, Número: 13, Año: 2025 (Continua-2025)
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