ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 5, Número: 12, Año: 2024 (Continua -2024)
Esta obra esbajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
1(673)
ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 5, Número: 12, Año: 2024 (Continua-2024)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
1(674)
REVISTA CIENTÍFICA
AULA VIRTUAL
Director Editor:
La Revista seriada Científica Arbitrada e Indexada
Aula Virtual, es de acceso abierto y en formato
electrónico; la misma está orientada a la
divulgación de las producciones científicas creadas
por investigadores en diversas áreas del
conocimiento. Su cobertura temática abarca
Tecnología, Ciencias de la Salud, Ciencias
Administrativas, Ciencias Sociales, Ciencias
Jurídicas y Políticas, Ciencias Exactas y otras áreas
afines. Su publicación es CONTINUA, indexada y
arbitrada por especialistas en el área, bajo la
modalidad de doble ciego. Se reciben las
producciones tipo: Artículo Científico en las
diferentes modalidades cualitativas y cuantitativas,
Avances Investigativos, Ensayos, Reseñas
Bibliográficas, Ponencias o publicaciones
derivada de eventos, y cualquier otro tipo de
investigación orientada al tratamiento y
profundización de la información de los campos de
estudios de las diferentes ciencias. La Revista Aula
Virtual, busca fomentar la divulgación del
conocimiento científico y el pensamiento crítico
reflexivo en el ámbito investigativo.
Dra. Leidy Hernández PhD.
Dr. Fernando Bárbara
Consejo Asesor:
MSc. Manuel Mujica
MSc. Wilman Briceño
Dra. Harizmar Izquierdo
Dr. José Gregorio Sánchez
Revista Científica Arbitrada de
Fundación Aula Virtual
Email: revista@aulavirtual.web.ve
URL: http://aulavirtual.web.ve/revista
ISSN:
Depósito Legal:
País:
Año de Inicio:
Periodicidad:
Sistema de Arbitraje:
Licencia:
Volumen:
Número:
Año:
Período:
Dirección Fiscal:
2665-0398
LA2020000026
Venezuela
2020
Continua
Revisión por pares. “Doble Ciego”
Creative Commons CC BY NC ND
5
12
2024
Continua-2024
Av. Libertador, Arca del Norte, Nro.
52D, Barquisimeto estado Lara,
Venezuela, C.P. 3001
ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 5, Número: 12, Año: 2024 (Continua -2024)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
1(675)
LA VULNERACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS Y PROTECCIÓN POLICIAL: CASO DE LA
LEY N.º 31012 EN EL MARCO NORMATIVO PERUANO
THE VIOLATION OF HUMAN RIGHTS AND POLICE PROTECTION: CASE OF LAW N.º 31012
IN THE PERUVIAN REGULATORY FRAMEWORK
Tipo de Publicación: Articulo Científico
Recibido: 27/04/2024
Aceptado: 29/05/2024
Publicado: 08/07/2024
Código Único AV: e328
Páginas: 1 (673-687)
DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.12693466
Autores:
Luis Normam Gamarra Custodio
Abogado
Magister en Gestión Pública
Doctor en Derecho
https://orcid.org/0000-0002-7735-470X
E-mail: lgamarracu@ucvvirtual.edu.pe
Afiliación: Universidad César Vallejo
País: República del Perú
Dante Vidal Coaguila Mayanaza
Licenciado en Educación
Maestro en Educación con mención en Investigación
Doctor en Educación
https://orcid.org/0000-0002-4866-5277
E-mail: dante.coaguila@autonomadeica.edu.pe
Afiliación: Universidad Autónoma de Ica
País: República del Perú
Fredy Nelio Cruz Arpi
Abogado
Maestro en Ciencias: Lingüística Aplicada
https://orcid.org/0000-0002-6510-9694
E-mail: c23069@utp.edu.pe
Afiliación: Universidad Tecnológica del Perú
País: República del Perú
Aholiban Guerrero Castillo
Abogado
Magíster con mención en Derecho Penal
https://orcid.org/0009-0001-6069-0520
E-mail: aholibanguerrerocastillo@gmail.com
Afiliación: Independiente
País: República del Perú
Resumen
El presente artículo examina la protección de los derechos de los policías
en el marco normativo peruano, específicamente a través de la Ley N.º
31012. El enfoque principal se centra en evaluar la defensa de los derechos
humanos que se ven comprometidos en las acciones del Estado cuando se
utilizan instrumentos de defensa, como el arma del servidor policial, en
situaciones en las que pueda haber riesgo para su propia vida o cuando se
puedan infringir otros derechos. La investigación se llevó a cabo mediante
un enfoque cualitativo y descriptivo, utilizando el método dogmático-
hermenéutico jurídico. Se destaca la importancia de abordar la aplicación
de principios fundamentales, como el de proporcionalidad y razonabilidad,
así como la disponibilidad que tiene el Estado peruano para proteger los
derechos del servidor policial en su lucha o defensa. Sin embargo, se señala
que estos conflictos han vulnerado derechos fundamentales, como el
derecho a la vida, la libertad personal y la dignidad humana. Se destaca
que las disposiciones legales actuales no son suficientes para garantizar la
protección adecuada del servidor policial.
Palabras Clave:
Derechos fundamentales, derechos humanos,
protección policial
Abstract
This article examines the protection of the rights of police officers in the
Peruvian regulatory framework, specifically through Law 31012. The
main focus is on evaluating the defense of human rights that are
compromised in the actions of the State. when defense instruments are
used, such as the police officer's weapon, in situations in which there may
be a risk to one's own life or when other rights may be infringed. The
research was carried out through a qualitative and descriptive approach,
using the dogmatic-legal hermeneutic method. The importance of
addressing the application of fundamental principles, such as
proportionality and reasonableness, is highlighted, as well as the
availability of the Peruvian State to protect the rights of police officers in
their fight or defense. However, it is noted that these conflicts have violated
fundamental rights, such as the right to life, personal freedom and human
dignity. It is highlighted that the current legal provisions are not sufficient
to guarantee adequate protection of the police servant.
Keywords:
Fundamental rights, human rights, police protection
ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 5, Número: 12, Año: 2024 (Continua -2024)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
1(676)
Introducción
Como concepto, los Derechos Humanos no
son más que el conjunto de facultades, prerrogativas
e instituciones universales reconocidos que sirven
para protegerse igualmente frente al Estado y la
Sociedad, teniendo la ventaja de ser innatas y
tendencia a universalizarse garantizando su respeto.
Las actuaciones de los agentes del orden
afectan a la ciudadanía generando posibles quejas o
denuncias que han sido presentados ante distintas
instancias dependiendo del problema que le
compete a efectuar. Es por ello que se torna
necesaria la explicación y aplicación de normas
específicas.
En ese sentido, puede mencionarse que desde
la república hasta el presente siguen trabajando en
pos de la creación y aplicación de mecanismos. Los
mismos se ven materializados en lo dispuesto por la
Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, lo que
en el marco de los nuevos cambios normativos
nacionales e internacionales conlleva a la
aprobación de ampliaciones, modificaciones y
demás disposiciones específicas que permitirán
regular diversos aspectos y con ello velar por la
aplicación de un conjunto de normas que se adecuen
a la realidad característica de cada sociedad.
Mundialmente, en las últimas décadas, la
labor policial ha experimentado cambios que han
generado nuevas formas de "hacer policía", pasando
de realizar operativos represivos a generar vínculos
con la comunidad y generar una labor preventiva en
temas de seguridad ciudadana. Sin embargo, en
países como el Perú, todavía existen casos que
evidencian la violación de los derechos humanos
por parte de las fuerzas policiales, mediante el uso
de la fuerza desmedida, la detención arbitraria o la
utilización de armas de forma no reglamentada,
teniendo como referencia la labor policial generada
durante el conflicto armado interno y que en la
actualidad, dadas las condiciones del Estado
peruano, están desarrolladas a través de la
Constitución Política del Perú, Leyes Nacionales y
Tratados Internacionales.
Por ello, Beyoda (2020) indica que según el
artículo 166 de la Constitución Política del Perú,
tiene como objetivo que los policías realicen sus
funciones con la finalidad de garantizar, restablecer
el orden interno, y asegurar la paz de en la sociedad.
Sin embargo, en pleno cumplimiento de sus deberes
que los faculta muchas veces, muchas veces sus
derechos son vulnerados debido que en ocasiones
deben usar su arma o uso de la fuerza en caso
excepcionar para la defensa de su vida.
Por su parte, Gamarra y Ramírez (2023)
señalan que, ante estas situaciones, se observa la
vulneración de los derechos del servidor policial.
Sobre todo, porque la mayoría de veces el Estado
defiende más los derechos de ciudadano ante la de
un servidor público, percibiendo un alto nivel de
ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 5, Número: 12, Año: 2024 Continua -2024)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
1(677)
desigualdad ante la ley, debido que se observa la
carencia de mecanismos de defensa del servidor
público.
Del mismo modo, entre otros de los escenarios
que se puede presentar es de la inadecuada
interpretación de la ley, como es el caso de la Ley
N.º 31012 del marco normativo peruano, debido que
se percibe la vulneración del derecho a la dignidad
y personalidad del servidor policial, el ser juzgado
sin examinar y realizar el debido proceso ante
conflicto, en la que el policía intervino haciendo uso
del arma en defensa propia (Tanck, 2019).
Igualmente, Reyes (2022) manifiesta entre
otras de las vulneraciones que se realiza actualmente
en la ejecución del marco normativo, es cuando al
servidor policial se le retiene sin un debido proceso
más aún cuando este actuó acorde a lo establecido
por la misma norma, empleando sus instrumentos de
defensa para evitar que le provoquen algún tipo de
daño hasta la muerte, afectando directamente a la
vulneración de la libertad.
Para el Perú, según Pariatanta (2020)
actualmente en promoción de la ley para la defensa
del servidor policial se encuentra en constante
actualización con la finalidad de poder eliminar de
manera explícita que el policía pueda emplear sus
instrumentos ante la presencia de algún atentado, o
amenaza. Esta ley permitirá al efectivo policial
brindar las correctas protecciones jurídicas. Estos
cambios ocasionan en algunas situaciones, que
ausencia regulación del estado puede ocasiones una
serie de conflictos.
Sin embargo, existen algunos autores como
Niño y Vega (2023) los cuales señalan que si no se
desarrolla y no se controla de manera adecuada el
uso de la fuerza o instrumento de defensa puede
ocasionar el incremento del riesgo para la presencia
de abuso de autoridad. Teniendo por consecuencia,
una serie de violaciones a los derechos humanos de
los ciudadanos.
Ante estas situaciones, el 27 de marzo del
2020 el Congreso de la Republica Peruana
promueve la presente ley N.º 31012 , la misma ha
sido símbolo de representación de un gran destaque
en la legislación peruana, mencionando que
mediante el artículo 4 del derecho 1186, faculta al
servidor policial que haga uso de la fuerza y arma
con el propósito de poder ejercer la aplicación de la
ley, de una manera proporcional y afronte la
situación problemática que está viviendo el Perú.
De igual forma, Estrada (2021) señala que
entre las principales obligaciones que el Estado y
toda entidad gubernamental, es que debe proteger
todo aquel derecho como es la vida y la integridad
física de todo servidor policial, respetando y
aplicando cada uno de los principios exigibles, entre
ellos el principio de la necesidad y
proporcionalidad. Señalando que el escenario
interpretándose correctamente la ley, manifiesta que
todo funcionario que no utilice medios no violentos,
ISSN: 2665-0398
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398; Periodicidad: Continua
Volumen: 5, Número: 12, Año: 2024 (Continua -2024)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
1(678)
podrá utilizar el arma de fuego solo cuando no sea
inevitable y de necesidad emergencia.
Por tanto, la afectación de la Ley N.º 31012 en
el marco normativo peruano, puede ocasionar una
serie de consecuencias, entre ella afectación el
derecho a la vida y la integridad física. Asimismo,
este tipo de actuaciones puede ir en contra de los
tratados internacionales que defiendan aquellos
derechos fundamentales que estuvieron suscritos el
país.
Ante esta problemática, se dio esta ley de
protección policial, como mecanismo de la
aplicación de medidas cautelares que realiza que
todo órgano jurisdiccional competente, debe
considerar e implementar en situaciones que
especifique el servidor policial empleó su arma en
el contexto de defensa de su propia vida, y no se hizo
por abuso de autoridad. Señalando que, ante los
cambios efectuados en los últimos años, como al
suprimir el principio de proporcionalidad ha
generado diversas controversias, debido que es un
criterio imprescindible para la correcta protección
de la vida e integridad del servidor policial.
Cabe mencionar que, al hablar de la
vulneración de derechos se empleó la doctrina de
bases que fundamentan el comportamiento de la
variable, Galvis et al., (2020) expresa que todo
derecho deberá ser resguardado por el Estado, y ser
tratado acorde a lo establecido por la ley. En caso se
hable de derechos fundamentales, son inherentes a
la persona y que es velado por todo marco normativa
y convenios o tratados internacionales que lo
garantizan en sus diversos mecanismos, siendo parte
del derecho natural y positivista.
Asimismo, entre otras de las teorías
filosóficas Campà Molist (2021) habla sobre la
teoría del iusnaturalismo, según el autor Widow
(2023) explica sobre la teoría dada en el año 1954
por John Locke, que expresa que todo derecho de la
persona debe ser respetado por su propia naturaleza,
y que son reconocidos por ser universales e
inalienables. Siendo la necesidad del Estado adecuar
el marco normativo peruano para la satisfacción de
una necesidad.
Por lo expuesto anteriormente, se determinó
que la presente investigación tuvo por objetivo
analizar la vulneración a los derechos humanos y
protección policial: Caso de la Ley N.º 31012 en el
marco normativo peruano. Señalando que la
presente ley, servirá como herramienta legal para
que el órgano jurisdiccional competente, respete las
garantías y el debido proceso que el servidor policial
debe tener ante de ser juzgado, examinando que la
utilización de esta arma de fuego solo fue en casos
necesarios para la defensa de su vida, ante algún
atentado en pleno desarrollo de sus funciones.
Desarrollo
La presente investigación es cualitativa,
Sánchez (2019) manifiesta que es cuando que