ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
126
Revista Aula Virtual, ISSN: 2665-0398, Periodicidad: Semestral, Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
Tipo de Publicación: Ensayo
Recibido: 27/02/2023
Aceptado: 14/05/2023
Páginas: 126-133
Autor:
Ángel Carmelo Prince Torres
Doctor en Ciencias de la Educación (UFT)
Investigador en Consejo de Desarrollo Científico, Humanístico y
Tecnológico
https://orcid.org/0000-0002-0059-7797
E-mail: angel.prince@ucla.edu.ve
Afiliación:
Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado (UCLA)
Barquisimeto - Lara
ROL DEL GOBIERNO CORPORATIVO ANTE EL FRAUDE FINANCIERO
Resumen
Este ensayo fue realizado con el objetivo de discutir el rol del gobierno corporativo considerado como una
herramienta para afrontar el fraude financiero en los entes empresariales. Con esta intención, se realizó una
pesquisa de tipo documental tanto en textos científicos, como en sitios web de reconocida difusión de
información legal, llegando incluso al estudio de textos jurídicos adecuados a lo que se deseaba expresar
con el trabajo. Se determinó que el papel de los cuerpos de gobierno dentro de las corporaciones es esencial
para mantener el orden en ellas, y para estructurar directrices que permitan que todos sus actores se
comprometan y responsabilicen en cuanto a no participar en hechos que se consideren como delitos que
atenten contra las finanzas públicas y privadas. También se destacó que es imperativa la coordinación entre
los agentes públicos y las empresas, de manera que existan propuestas palpables para restringir, prevenir,
contener o erradicar cualquier tipo de fraude financiero que se geste en el seno de las actividades económicas
en un espacio determinado, pues existe gran diversidad de manifestaciones fraudulentas que están
contenidas en variedad de textos legales, y así es menester lograr un consenso sobre la organización de su
abordaje más adecuado.
Palabras clave: Finanzas; fraude, gobierno corporativo.
ROLE OF CORPORATE GOVERNANCE REGARDING FINANCIAL FRAUD
Abstract
This essay was carried out with the objective of discussing the role of corporate governance considered as
a tool to deal with financial fraud in business entities. With this intention, documentary-type research was
carried out both in scientific texts and in websites of recognized dissemination of legal information, even
reaching the study of legal texts appropriate to what was wanted to be expressed with this paper. It was
determined that the role of government bodies within corporations is essential to maintain order in them,
and to structure guidelines that allow all their actors to commit and take responsibility for not participating
in acts that are considered crimes that threaten public and private finances. It was also highlighted that
coordination between public agents and companies is imperative, so that there are tangible proposals to
restrict, prevent, contain or eradicate any type of financial fraud that takes place within economic activities
in a given space, since there is a great diversity of fraudulent manifestations that are contained in a variety
of legal texts, and thus it is necessary to achieve a consensus on the organization of its most appropriate
approach.
Keywords: Finance; fraud, corporate governance
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
127
Introducción
La noción de Derecho corporativo es
explicada por Aguirre (2021) al indicar que trata de
una disciplina jurídica que se especializa en la
formación, organización y operación de las
organizaciones. En otras palabras, se encarga de
regular toda la actividad comercial para que se
realicen dentro de la normativa legal vigente” (párr.
1). Por ello, se afirmaría que el prenombrado
concepto tiene varias aristas dentro del mundo
empresarial.
En función de lo anterior, es conveniente
aclarar que la Real Academia Española (2014)
además considera que una corporación, como ente
al que se suscribe la aplicación del Derecho
Corporativo, consiste en una “organización
compuesta por personas que, como miembros de
ella, la gobiernan” (definición 1). En este sentido,
puede afirmarse entonces que el ya nombrado
Derecho Corporativo permite la contraloría de la
persona jurídica que con él se relacione.
Ahora bien, en las organizaciones existen los
cuerpos directivos que las coordinan en lo que
idealmente debe ser el marco de la transparencia.
Así, se evita que en las corporaciones se debilite su
estructura como consecuencia del irrespeto de las
normas para su funcionamiento.
El Banco de Desarrollo de América Latina
(2017) define a todo este respecto, lo que se
considera como un gobierno corporativo. Esta
figura, es la que se encarga de la gerencia
empresarial al consistir en:
El conjunto de prácticas que rigen las
relaciones entre los administradores y
todos aquellos que invierten recursos en
la empresa, es imprescindible para que
las organizaciones tengan una estructura
clara, líneas de responsabilidad
definidas y procedimientos eficaces de
identificación, gestión, control y
comunicación de riesgos (párr. 1).
Entre los riesgos referidos indicados en los
esquemas corporativos, se incluyen las malas
prácticas devenidas en delitos. En este sentido se
manifiesta la delincuencia financiera, que la
Organización Internacional de Policía Criminal,
INTERPOL (2022) expone compuesta por hurto, el
blanqueo de capitales, los engaños o la extorsión y
definida del siguiente modo:
La delincuencia financiera abarca desde
el simple robo o fraude cometido por
personas malintencionadas hasta
operaciones a gran escala orquestadas
por grupos delictivos organizados con
tentáculos en todos los continentes. Se
trata de actividades delictivas graves
cuya importancia no debería
minimizarse pues, más allá del impacto
social y económico, por lo general están
estrechamente vinculadas con la
delincuencia violenta e incluso el
terrorismo (párr. 2).
En este sentido, es resaltante apuntar que la
delincuencia financiera se manifiesta por medio del
fraude financiero. Por tanto, es pertinente que en las
corporaciones se estatuyan pautas para sortear las
prácticas dolosas, siendo que las normas respectivas
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
128
han de ser implementadas por los miembros del
gobierno corporativo.
Consecuentemente, el presente ensayo se
realizó con el objetivo general de discutir el rol del
gobierno corporativo para afrontar el fraude
financiero. De tal modo, se realizó por medio de una
investigación documental, la cual de acuerdo con
Gómez (2011) tiene un carácter particular de dónde
le viene su consideración interpretativa. Intenta leer
y otorgar sentido a unos documentos que fueron
escritos con una intención distinta” (p. 30), y la
Universidad de Jaén (s.f.) complementa dilucidando
que “centra su interés en el presente o pasado
cercano. Conocer un fenómeno social y cultural a
partir de textos escritos” (p. 1).
Para cerrar este apartado, necesita indicarse
que, en aras de materializar el propósito planteado,
debe realizarse la discusión de su soporte. Así, de
manera siguiente se plantea la argumentación
respectiva.
Desarrollo
Para Deloitte (2022) el gobierno corporativo
se rige por directrices para los entes gubernativos en
la empresa, conjugando a un consejo de
administración, la junta directiva y los propios
accionistas. Las guías en cuestión determinan lo
siguiente:
1) Supervisión de la dirección ejecutiva, así
como la aprobación de la planeación
estratégica.
2) La toma de decisiones en una dirección
universal estratégica de la corporación, todo
en cuanto a la realización de cualquier
fusión, adquisición o inversión, estructuras
de sucesión o nombramiento de los
ejecutivos.
3) Las sinergias de las direcciones gubernativas
trascendentales en el ente, además de
derechos y deberes de la junta de gobierno,
accionistas y consejo para la administración.
4) Cumplimiento de las reglas derivadas de
procedimientos, así como políticas tendentes
a garantizar que todos los actores de las
empresas mantienen el respeto de las normas
regulatorias corporativas.
5) Aseguramiento de la atracción de créditos,
potenciación de la marca corporativa y
beneficios generales para la empresa que se
trate.
6) Profesionalización de la junta directiva de la
corporación.
7) Profundización en acciones para la
internacionalización empresarial,
incrementando riesgos y ampliación de
negocios en el marco de las leyes,
manejando la imagen corporativa al público.
Por lo tanto, el gobierno corporativo debe
garantizar lineamientos de protección en la
ejecución de derechos y deberes que impone la ley
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
129
a las empresas, correspondiendo la materialización
de esto por medio de las acciones que lleven a cabo
todos los miembros de la persona jurídica en
cuestión. Entretanto, es lógico que, dentro de los
órganos directivos de la empresa, se procure que
todos los actores de la corporación se encuentren
alejados de la comisión de hechos punibles.
Dentro de esta progresión de ideas, uno de los
hechos delictuales que se puede presentar dentro de
una corporación es el fraude financiero.
Inicialmente, el fraude se asume como una “acción
contraria a la verdad y a la rectitud que perjudica a
la persona contra la que se comete. En determinadas
circunstancias puede ser constitutiva de delito”
(Real Academia Española, 2022, definición 1) y así,
cuando es una conducta antijurídica, ese fraude se
torna como un peligro para el sistema de Derecho
imperante.
Por su parte, la Universidad EAFIT (s.f.) al
expresar una postura más concreta, establece que el
fraude financiero resulta de distorsión de la
información financiera con el fin de causarle daños
o perjuicios a terceros que tengan contacto con esta”
(p. 1) y también el Victim connect resource center
(2022) refiere que ocurre cuando una persona lo
priva de su dinero, capital o de otra manera daña su
salud financiera por medio de prácticas engañosas,
confusas u otras prácticas ilegales. Esto se puede
hacer a través de una variedad de métodos” (párr. 1).
Este delito persiste cuando hay violación del
patrimonio de personas jurídicas o naturales,
individuales o colectivas.
Igualmente, la Real Academia Española
(2022) reporta diversas clases de fraude financiero:
1) En estados financieros, si se falsea información
corporativa intencionalmente; 2) el dirigido a las
normas tributarias cuando se vulnera la ley para
proceder al engaño en esta materia; 3) fraude de
acreedores, cuando quien es deudor no paga la
acreencia respectiva o; 4) fraude a intereses
financieros, cuando se perjudica el haber financiero
de una persona.
El fraude financiero se manifiesta por la
convergencia de los elementos de cualquier delito,
aunque destinado al espectro de finanzas. Entonces,
se trata de un “acto picamente antijurídico,
culpable e imputable a un hombre, castigado con
una pena” (Iniciativa Justicia Transicional, 2022, p.
1). No obstante, debe aclararse que el delito puede
llevarse a cabo por las diferentes clases de personas
que existen con la intención de causar un perjuicio
de corte económico.
Asimismo, en Venezuela un fraude financiero
puede incluirse en los delitos económicos
establecidos en la República. Aldana (2011)
establece que “se pueden encontrar delitos de índole
económico dentro de la Constitución, Código Penal
y otras leyes especiales. Estas definiciones son
entendidas desde el Derecho penal económico como
las faltas que el Estado debe sancionar para
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
130
garantizar una economía saludable” (p. 1) con lo
que, hay una sujeción a textos normativos como el
Código Orgánico Tributario o el Código Penal de
Venezuela.
La Asamblea Nacional Constituyente (1999)
con la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, es clara cuando apunta en el artículo
114: “el ilícito económico, la especulación, el
acaparamiento, la usura, la cartelización y otros
delitos conexos, serán penados severamente de
acuerdo a la ley” (p. 8). Con esto, se basa la
reorientación de comportamientos asimilados a
delitos económicos, incluyéndose al fraude
financiero, ya que normativamente se otorga
apertura a la inclusión de ilícitos semejantes a los
apuntados dentro del texto.
Aldana (2011) considera que no existe una
sola ley concreta para todos los delitos económicos,
sino que estos se encuentran recopilados en diversos
cuerpos legales. Además, el autor apunta que existe
diversidad de manifestaciones que se insertan en el
campo estudiado: legitimación de capitales,
apropiación de recursos de instituciones financieras,
manipulación fraudulenta de la oferta y la demanda,
defraudación tributaria, entre otras.
El fraude financiero se asimila al grupo
indicado con anterioridad, ya que el Código Penal
emanado de la Asamblea Nacional de la República
Bolivariana de Venezuela (2005) indica en el
artículo 462:
El que, con artificios o medios capaces
de engañar o sorprender la buena fe de
otro, induciéndole en error, procure para
o para otro un provecho injusto con
perjuicio ajeno, será penado con prisión
de uno a cinco años. La pena será de dos
a seis años si el delito se ha cometido:
1. En detrimento de una administración
pública, de una entidad autónoma en
que tenga interés el Estado o de un
instituto de asistencia social.
2. Infundiendo en la persona ofendida el
temor de un peligro imaginario o el
erróneo convencimiento de que debe
ejecutar una orden de la autoridad.
El que cometiere el delito previsto en
este artículo, utilizando como medio de
engaño un documento público
falsificado o alterado, o emitiendo un
cheque sin provisión de fondos,
incurrirá en la pena correspondiente
aumentada de un sexto a una tercera
parte (p. 75).
Con lo que, se reporta la base jurídica común
para enfrentar al fraude en el espectro venezolano
como un ejemplo del sistema normativo que es
aplicable dentro del tópico aquí esbozado, y en vista
que el fraude financiero consta de una
especificación mayor en cuanto a las condiciones
del fraude como delito tipo universal, se manifiesta
el soporte en aras de establecer una punibilidad de
acuerdo con las normas ya citadas, las cuales no son
limitativas puesto que como ya se indicó, existe
variedad de delitos económicos que se encuentran
disgregados en multiplicidad de textos de Derecho.
De tal modo, puede ahora emitirse una conclusión
congruente con las ideas disertadas.
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
131
Conclusión
Resulta evidente que, en línea con la
investigación materializada, es pertinente sostener
que el fraude se torna en el género de un listado de
conductas que deben asumirse como punibles, pero
del mismo modo existen en su variación diferentes
especies. El delito de fraude financiero se convierte
en una especie dentro de las variables
materializaciones del hecho antijurídico, imputable
y culpable, ya que posee características más
definidas que pueden encontrarse en cuerpos
jurídicos donde se observa una naturaleza particular.
Se concluyó que el fraude financiero es de tipo
económico y es manifiesto si dolosamente se
persigue dañar el patrimonio de personas jurídicas y
naturales. A su vez, el delito puede ser llevado a
cabo por cualquier persona, incluso corporaciones y
empresas, por lo que en ellas podrían surgir
conductas lesivas de las normas de Derecho para la
protección de las finanzas.
Así, en la autoría de este ensayo se estima que
resulta crucial que el gobierno corporativo
manifieste buenas prácticas para garantizar su
marcha en condiciones ideales. Lo afirmado se
acota, ya que dicho gobierno corporativo revela el
rol de la dirección y la instrucción en las
corporaciones, así como entes empresariales,
confluyendo con diversas políticas que optimicen
las actividades relacionadas con su funcionamiento.
Aparte, se determinó que el rol del gobierno
corporativo consiste en prevenir, contener y
eliminar las conductas delictivas financieras dentro
del ente que se trate. Es desde cada cuerpo directivo
en las corporaciones, donde se establecen las guías
para sus diferentes actores, y se generan
responsabilidades de acuerdo con las acciones que
ejecuten dentro del ente en el que se desempeñen.
Por eso, si hay caos dentro de la gobernanza
corporativa, ello evidenciaría la falta de
cumplimiento de adecuadas instrucciones para
erradicar cualquier delito financiero en los distintos
despachos del ente respectivo.
Asimismo, se identificaron varios tipos de
fraudes de corte financiero, siendo que ellos pueden
afectar contextos públicos (si perturban actividades
estatales, como la óptima ejecución del sistema de
tributos) y contextos privados. En tal sentido, de
conformidad con las implicancias producidas por la
conducta delictual, se tendrían que asumir las
acciones correctivas indispensables estudiando los
puntos débiles y fuertes desde la óptica
organizacional.
Para quien ha producido este trabajo, es
trascendental que cada corporación se coordine con
las instituciones de administración estatales en aras
de combatir al fraude financiero, y esto se lograría
con proyectos del gobierno corporativo con respecto
a las instituciones de orden público. Las estructuras
de cada Estado estatuyen las leyes que concretan los
comportamientos delictuales y específicamente en
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
132
Venezuela, también tienen la función de resguardar
el entorno económico general del país y por tal
motivo, es menester armonizar esfuerzos entre
corporación y órganos gubernativos públicos en
aras de orientar políticas públicas para restringir
fraudes financieros, con la potenciación de una
correcta cultura que divulgue los comportamientos
que son considerados como delitos y por lo tanto,
penados por la ley.
Con lo ya manifestado, se implementaría una
mecánica de directrices en la que los cuerpos
corporativos se conviertan en espacios para
resguardar las normas de derecho. Esto, porque sin
dichas reglas triunfaría la anarquía y, por lo tanto,
ese acaecimiento se contrapondría a una
convivencia hermanada entre quienes se relacionan
en sociedad.
Referencias
Aldana, A. (2011). ¿Cuáles son los delitos
económicos en Venezuela? Alan Aldana &
Abogados. Documento en línea. Disponible:
https://aldanayabogados.com/delitos-
economicos-venezuela/#.Y3ieFFzMK1s
Asamblea Nacional Constituyente. (1999).
Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. CNE. Documento en línea.
Disponible:
http://www.cne.gob.ve/web/normativa_electoral
/constitucion/indice.php
Asamblea Nacional de la República Bolivariana de
Venezuela. (2005). Código Penal. Escuela de
Fiscales. Documento en línea. Disponible:
http://escueladefiscales.mp.gob.ve/userfiles/file/
Leyes/Codigo%20Penal.pdf
Banco de Desarrollo de América Latina (2017). La
importancia de tener buenos gobiernos
corporativos. CAF. Documento en línea.
Disponible:
https://www.caf.com/es/conocimiento/visiones/
2017/04/la-importancia-de-tener-buenos-
gobiernos-corporativos/
Deloitte. (2022). ¿Qué es el gobierno corporativo?
Deloitte. Documento en nea. Disponible:
https://www2.deloitte.com/es/es/pages/governan
ce-risk-and-compliance/articles/que-es-el-
gobierno-corporativo.html
Gómez, L. (2011). Un espacio para la investigación
documental. Revista Vanguardia Psicológica,
1(2), 226-233. Documento en línea. Disponible:
https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4815
129.pdf
Iniciativa Justicia Transicional. (2022). Delito.
Iniciativa Justicia Transicional. Documento en
línea. Disponible:
https://justiciatransicional.org.ve/glosario/delito/
#:~:text=Hernando%20Grisanti%20Aveledo%2
C%20recurriendo%20al,previstas%20por%20la
%20ley%20y
INTERPOL. (2022). Delincuencia financiera.
INTERPOL. Documento en nea. Disponible:
https://www.interpol.int/es/Delitos/Delincuencia
-financiera
Real Academia Española. (2014). Diccionario de la
lengua española. Real Academia Española.
Documento en línea. Disponible:
https://dle.rae.es/corporaci%C3%B3n
eal Academia Española. (2022). Diccionario
panhispánico del español jurídico. DEJ
Panhispánico. Documento en línea. Disponible:
https://dpej.rae.es/lema/fraude
Universidad de Jaén (s.f.). Diseño documental.
http://www.ujaen.es/investiga/tics_tfg/dise_doc
umental.html
Universidad EAFIT (s.f.). Fraude financiero.
Universidad EAFIT. Documento en línea.
Disponible:
ISSN: 2665-0398
Periodicidad: Semestral
Volumen: 4, Número: 10, Año: 2023 (julio-2023 al diciembre-2023)
Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución No Comercial-Sin Derivar 4.0 Internacional
http://www.aulavirtual.web.ve
133
https://www.eafit.edu.co/escuelas/administracio
n/consultorio-
contable/Documents/A%20Fraude%20Financier
o.pdf
Victim connect resource center. (2022). Fraude
Financiero. Victim connect resource center.
Documento en línea. Disponible:
https://victimconnect.org/tipos-de-
delitos/fraude-financiero/
Vidaurre, J. (2021). Derecho corporativo: La
importancia de contar con asesoría jurídica en
una empresa. ESAN Graduate School of
Business. Documento en nea. Disponible:
https://www.esan.edu.pe/conexion-
esan/derecho-corporativo-la-importancia-de-
contar-con-asesoria-juridica-en-una-empresa